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Sobre la posibilidad de celebrar actuaciones procesales digitales (en particular las vistas) en el orden social de la jurisdicción tras los últimos vaivenes normativos

    1. [1] Universidad de León

      Universidad de León

      León, España

  • Localización: Labos: Revista de Derecho del Trabajo y Protección Social, ISSN-e 2660-7360, Vol. 5, Nº. 1, 2024, págs. 247-265
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • About the possibility of celebrating digital procedural acts (especially trials) in the social jurisdiction after the lastest regulatory changes
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      En la actualidad, el Orden Social de la Jurisdicción padece una situación que dista mucho de ser la ideal, con retrasos que a fuer de excesivos resultan injustificados, con riesgo de acabar por lesionar el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, como ha tenido que declarar el máximo intérprete de la Constitución. Frente a esta situación, y junto con otras soluciones posibles (de forma señera, la mayor dotación de medios materiales y humanos), la tecnología se presenta como un bálsamo de fierabrás, potencial remedio que puede ofrecer soluciones para (casi) todos los males que sufren los tribunales laborales.En concreto, el presente ensayo plantea para el debate si la celebración de actuaciones procesales digitales (en especial, aun cuando no solo, las vistas) podría contribuir a mejorar el desenvolvimiento (y la celeridad) de los Tribunales laborales, llegando a una conclusión afirmativa, aun cuando matizada  especialmente a la vista de las últimas reformas habidas en materia procesal.

    • English

      Currently, the Social Order of the Jurisdiction suffers from a situation that is far from ideal, with excessive and probably unjustified delays, with the risk of ending up harming the fundamental right to effective judicial protection, as it has been declared for the highest interpreter of the constitution.  Faced with this situation, and together with other possible solutions (most notably, the greater provision of material and human resources), technology is presented as a balm of “fierabrás”, a potential remedy for (almost) all the problems suffered by labor courts.Specifically, this essay raises for debate whether the holding of digital procedural actions (especially, but not only, trials) could contribute to improving the development of the Labor Courts, reaching an affirmative conclusion, although nuanced.


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