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Resumen de Estructura concejil y sociedad feudal, en la transierra extremeña siglos XII y XIII

Julián Clemente Ramos

  • Los concejos conforman una realidad de fundamental importancia en el medioevo castellanoleonés. Por ello, y por su estructura compleja y aparentemente muy distinta de la señorial, han sido objeto de diversos estudios que han intentado desentrañar su naturaleza interna.

    La postura más admitida actualmente considera que es una estructura señorial con un grupo de señores colectivos: la caballería villana. Sin embargo, esto parece chocar con numerosas evidencias. El rey aparece detentando la preeminencia jurisdiccional (concesión de fueros y exenciones, donación de villas y aldeas, etc.) y percibiendo una renta feudal que tiende a regularizarse una vez que desaparece la frontera. Esta preeminencia real se da conjuntamente con la exención de pechos de los caballeros y sus dependientes, que mantienen una relación que integra elementos jurisdiccionales. El concejo adquiere así una estructura dual (rey-pecheros; caballeros-dependientes) debido a la política real, que mantiene con las oligarquías locales una alianza estratégica.


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