El tratamiento de la adhesión a las Juntas de Compensación de los propietarios de parcelas en régimen de proindiviso ha sido analizado en dos recientes resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 28 de julio de 2023 reconociendo, conforme al principio de libertad que informa la participación de los propietarios de suelo en ámbitos sujetos a actuaciones de transformación urbanística cuando resulte de aplicación el sistema de compensación, que es decisión propia de cada uno de los condueños la de su adhesión o no con su cuota respectiva, no siendo por lo tanto exigible su acuerdo unánime o por mayoría salvo cuando, en este segundo caso, lo impusiera la legislación autonómica.
The treatment of the accession to the Compensation Boards of the owners of plots of land in joint ownership has been analysed in two recent resolutions of the Directorate General for Legal Security and Public Faith of 28 July 2023, recognising, in accordance with the principle of freedom that informs the participation of the owners of land in areas subject to urban transformation actions when the compensation system is applicable, that it is the decision of each of the owners whether or not to join with their respective share, and therefore their unanimous or majority agreement is not required, except when, in the latter case, it is imposed by regional legislation.
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