Este artículo analiza el delito de cohecho pasivo impropio en relación con el precepto del código ético judicial relativo a los regalos o favores, a la vista de la jurisprudencia del Tribunal Supremo que interpreta los presupuestos del tipo penal. Se raliza especial referencia a la conexión causal entre la dádiva y la función judicial, con exclusión de los supuestos que respondan a usos sociales adecuados, todo ello en relación con la cuantía del regalo y la posible existencia de acuerdo previo entre donante y receptor.
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