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Resumen de De rerum natura” del contrato de funciones ejecutivas

Santiago Hierro Anibarro

  • La obligación de suscribir un contrato de consejero con funciones ejecutivas ha sido objeto de diferentes controversias jurídicas, así como fuente frecuente de dudas interpretativas acerca de los efectos jurídicos que proyecta este contrato en el más amplio régimen de la retribución de los administradores y en el conjunto de su estatuto jurídico. Este trabajo disecciona la figura jurídica del contrato en torno a tres naturalezas, que le son intrínsecas. La primera es la naturaleza retribuida o gratuita del cargo de consejero con funciones ejecutivas, derivada de la cual surgen otras dos. En un caso, dependiendo de ser el contrato retribuido, la naturaleza mercantil o laboral de esa retribución, mientras que, en el otro, es decir, en el supuesto de ser gratuito, la naturaleza de la publicidad de ese régimen.


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