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¿Existe derecho de acceso a la información relativa a todas las sanciones impuestas a personas jurídicas?

  • Autores: Javier Torre de Silva y López de Letona
  • Localización: Revista de administración pública, ISSN 0034-7639, Nº 221, 2023, págs. 231-256
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • español

      Este trabajo examina el derecho de acceso de los particulares a la información relativa a las sanciones impuestas a personas jurídicas, desde la óptica de sus límites constitucionales. Se sostiene que el derecho de acceso deberá concederse preferentemente con carácter seudonimizado, pues el interés jurídico protegido es el control de la actividad pública, no la averiguación de hechos relativos a otros particulares (incluidos competidores). Cuando no sea posible el acceso seudonimizado habrá que determinar si la publicación de la sanción constituye o no una sanción accesoria, en cuyo caso no cabe el acceso, si la resolución sancionadora es firme en ambas vías (incluida la contencioso-administrativa) y si la publicación de la sanción ha sido ordenada o prohibida por la ley con carácter reglado. En su caso, será de aplicación el art.

      14.1 de la Ley de Transparencia, que obliga a valorar el daño causado, la ponderación de intereses públicos y privados en juego y el principio de proporcionalidad.

    • English

      This paper studies the right of access of individuals to public information regarding sanctions imposed on legal persons, from the point of view of its constitutional limits. The author defends that the access should preferably be granted on a pseudonymized basis, as the public interest to be protected is the control of the activity of the public sector, not the inquiry of facts relating to other private individuals (including competitors). When pseudonymized access is not possible, it will be necessary to determine whether or not the publication of the sanction constitutes an accessory sanction, in which case access is not possible, whether the sanctioning decision is final both for the Administration and for the Courts of Justice and whether its publication has been ordered or prohibited by Law on a regular basis and not based on discretional power. In such a case, art. 14 of the Access to Information Act should be applied, which requires an assessment of the damage caused, the balance of public and private interests and the principle of proportionality.


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