ras la pandemia, son muchos los trabajadores que han modificado sus lugares de trabajo para trasladarlos a sus viviendas, si recordamos, bien se decía que el teletrabajo ha llegado para quedarse. Esto no implica que las condiciones se vean modificadas ni que exista una desprotección a esos trabajadores, en esa línea se verá la sentencia del Juzgado de Cáceres. Por primera vez un Juzgado califica como accidente laboral la caída sufrida por una trabajadora que prestaba sus servicios a través del teletrabajo, cuando se dirigía hacia el baño.
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