Uno de los problemas que plantean las embajadas de cualquier país es la extraterritorialidad, según la cual, un funcionario y un empleado españoles que trabajen en la embajada de un país extranjero en España es que presta sus servicios en dicho país, de la misma forma que los extranjeros al servicio de las embajadas españolas en otros países, están trabajando "en España".
Esta singularidad crea problemas respecto a la tributación del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y a las obligaciones de retención de los "empleadores", aspectos todos ellos que se analizan y resuelven en el artículo.
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