El autor, tras recordar los datos biográficos conocidos sobre San Benito, llama la atención sobre la vertiente jurídica de la Regla Benedictina, fijándose para ello en dos aspectos: la comunidad y el poder en el seno de la congregación monástica y, en segundo lugar, el papel del juez y de la justicia (la penalidad) dentro de dicha comunidad.
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