Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Los derechos fundamentales entendidos como responsabilidades de los estados

  • Autores: María Isabel Garrido Gómez
  • Localización: Boletín Mexicano de Derecho Comparado, ISSN 2448-4873, ISSN-e 0041-8633, Vol. 52, Nº. 155 (mayo-agosto 2019), 2019, págs. 779-798
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Fundamental Rights Seen as State Responsibilities
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Resumen: En el presente artículo se aprecia que los derechos fundamentales constituyen un núcleo básico dentro de los Estados de derecho en sentido amplio, y que el modelo organizativo que asumen los Estados contemporáneos es el de la democracia. Desde el razonamiento práctico, los derechos requieren que nos situemos en una esfera de estructuras complejas, dentro de las cuales hay que resaltar la del derecho como sistema normativo institucional. De esta manera, los derechos fundamentales se refieren a personas que realizan comportamientos dentro de un marco de referencia compuesto por reglas interrelacionadas, reglas que confieren facultades y reglas que imponen deberes y obligaciones, cabiendo la posibilidad de formas que determinan las condiciones de existencia, las consecuencias jurídicas y el ámbito temporal de aplicación del conjunto de reglas de los sistemas jurídicos. Con esta perspectiva, se debe subrayar que la crisis del Estado nacional y, el déficit de la democracia y del Estado de derecho, exijan repensar el Estado y el orden internacional, haciéndose prioritario extrapolar el modelo del Estado constitucional de derecho a las relaciones internacionales dado el papel legitimador que los derechos fundamentales desempeñan.

    • English

      Abstract: This article notes that fundamental rights constitute a basic nucleus within the rule of law in a broad sense; and the organizational model assumed by contemporary States is that of democracy. From practical reasoning, rights require that we place ourselves in a sphere of complex structures, in which we must emphasize law as an institutional normative system. In this way, fundamental rights are ascribed to persons who behave within a frame of reference composed of interrelated rules, rules that confer faculties and rules that impose duties and obligations, with the possibility of forms that determine the conditions of existence, the legal consequences and the temporal scope of the application of all the rules of legal systems. With this perspective, it should be stressed that the crisis of the national State and the deficit of democracy and the rule of law require rethinking the State and the international order, making it a priority to extrapolate the model of the constitutional rule of law to international relations given the legitimizing role that fundamental rights play.

Los metadatos del artículo han sido obtenidos de SciELO México

Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno