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Hacia la creación de tribunales transnacionales para las familias transnacionales: el ejemplo de la responsabilidad parental

    1. [1] Univeridad de Ginebra
  • Localización: La Ley. Mediación y arbitraje, ISSN-e 2660-7808, Nº. 3 (Julio-Septiembre), 2020
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El presente estudio aborda la posibilidad de ofrecer a los miembros de las familias transnacionales el acceso a tribunales transnacionales, tanto arbitrales, como judiciales. Con ello no sólo se reducirá la sustracción y el traslado ilícito internacional de los menores sino, de manera más general, disminuirán los conflictos dentro de las familias transnacionales. El hecho de ofrecer la posibilidad de acceso a un tribunal supraestatal, donde ambos progenitores estén representados por igual, que refleje las dos identidades geográficas, culturales, lingüísticas y, a veces, religiosas de la familia, elimina situaciones dramáticas y la penalización para los que tratan de reanudar el diálogo con el propósito de alcanzar una solución concertada. La multinacionalidad del tribunal propicia esencialmente la prevención de los litigios contribuyendo con ello a la desconflictualización y desjurisdiccionalización de las relaciones humanas. Y ello en beneficio no sólo para el interés superior del menor, sino también en interés de los padres y de las comunidades involucradas.

    • English

      This study addresses the possibility of providing transnational family members with access to transnational courts, both arbitral and judicial. This will not only reduce the abduction and illicit international transfer of children, but more generally reduce conflicts within transnational families. Offering the possibility of access to a supranational court, where both parents are equally represented, reflecting the two geographical, cultural, linguistic and sometimes religious identities of the family, eliminates dramatic situations and the penalization of those who try to resume dialogue with the aim of reaching an agreed solution. The multinational nature of the tribunal essentially favours the prevention of disputes, thus contributing to the deconflictualisation and de‐jurisdictionalisation of human relations. This is not only in the best interests of the child, but also in the interests of the parents and communities involved.


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