La Directiva «Whistleblowing» supone un avance muy significativo en la implantación de sistemas de prevención y detección de comportamientos delictivos o irregulares cometidos en el seno de organizaciones, ya sean de carácter privado o público. Dada la aspiración comunitaria de promover un marco normativo homogéneo, la directiva se caracteriza por su elevado grado de concreción. Pese a ello, una lectura detenida de la norma europea permite identificar varios aspectos de gran trascendencia en los que Estados miembros gozan de libertad para escoger la forma y los medios a través de los cuales satisfacer las exigencias de la directiva. El objeto del presente artículo es identificar dichos aspectos y apuntar las opciones que se abren en la retadora transposición de la Directiva «Whistleblowing».
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