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El complemento de pensión concedido por España a las madres beneficiarias de una pensión de invalidez que tengan dos o más hijos debe reconocerse también a los padres que se encuentren en una situación idéntica: TJ, Sala Primera, S 12 Dic. 2019. Asunto C-450/18: Instituto Nacional de la Seguridad Social (Complément de pension pour les mères)

  • Autores: Marck Safjan
  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 77, 2020
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que se opone a una norma nacional que establece el derecho a un complemento de pensión para las mujeres que hayan tenido al menos dos hijos biológicos o adoptados y sean beneficiarias de pensiones contributivas de incapacidad permanente en cualquier régimen del sistema de Seguridad Social nacional, mientras que los hombres que se encuentren en una situación idéntica no tienen derecho a tal complemento de pensión


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