La declaración del estado de alarma por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, ha provocado una auténtica avalancha de dudas e incertidumbres, entre los progenitores separados o divorciados con hijos menores comunes, acerca del alcance y efectos que las restricciones a la libertad de movimientos de las personas establecidas en el RD producen en los sistemas de custodia y regímenes de visitas establecidos en las resoluciones judiciales. El objetivo de este artículo es arrojar alguna luz sobre las cuestiones que se plantean.
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