Existen serias limitaciones jurídicas como consecuencia de la naturaleza de las infracciones que habitualmente están asociadas a la sustracción de dispositivos móviles. La naturaleza casi por definición liviana de estas infracciones cuando pueden calificarse como hurto, unida a la necesidad en no pocas ocasiones de tener que acudir a mecanismos de cooperación judicial internacional, se convierten en auténticos baldones infranqueables que impiden avanzar, si es que queremos movernos bajo la salvaguardia del principio de proporcionalidad, en el esclarecimiento del hecho, la identificación del autor y la casi milagrosa recuperación del terminal intacto. El autor analiza el valor o cuantía de lo sustraído en el delito de hurto, las infracciones criminales relacionadas con el hurto de teléfonos móviles y la problemática procesal en la investigación judicial de terminales móviles de comunicaciones objeto de sustracción.
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