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Resumen de La mediación de consumo como requisito de admisibilidad del proceso judicial según el Tribunal de Justicia de la UE: (comentario de la Sentencia del TJUE (Sala Primera), de 14 de junio de 2017, en el Asunto C-75/16 Livio Menini y Maria Antonia Rampanelli/Banco Popolare Società Cooperativa)

Susana Oromí i Vall-Llovera

  • español

    La jurisdicción tiene serios problemas para dar una respuesta rápida y efectiva a los conflictos en materia de consumo, lo que propicia el establecimiento de otros sistemas alternativos o complementarios de resolución de estos conflictos. Así surge la cuestión que se pretende analizar en este trabajo: ¿es posible obligar a las partes en conflicto a acudir a una mediación de consumo antes de iniciar un proceso judicial? Se trata, en definitiva, de examinar en qué medida una mediación obligatoria previa al proceso afecta o no al derecho de todos los ciudadanos de acceso al sistema judicial, sin olvidar el carácter voluntario para las partes que debe tener toda mediación. Para dar respuesta a este interrogante se analiza la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europeo y, en concreto, su sentencia más reciente de 14 de junio de 2017.

  • English

    The jurisdiction has serious problems to give a quick and effective response to consume conflicts, what encourages the establishment of other alternative dispute resolution systems. Thus arises the question that is intended to analyze in this work: is it possible to oblige the parties to mediate before initiating a judicial process? It is about examining to what extent pre-trial mediation affects the right of access to the judicial system, without forgetting that the mediation must have a voluntary character for the parties. To answer this question, we analyze the resolutions of the Court of Justice of the European Union and, in particular, its most recent judgment of June 14, 2017.


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