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Resumen de El nuevo texto constitucional del artículo 294.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial

José Luis Manzanares Samaniego

  • En este artículo se exponen los últimos y preocupantes cambios introducidos últimamente en el artículo 294.1 LOPJ mediante la sentencia del Tribunal Constitucional 85/2019, de 19 de junio. Dicho precepto establece que tendrán derecho a indemnización quienes, después de haber sufrido prisión preventiva, sean absueltos por inexistencia del hecho imputado o por esta misma causa haya sido dictado auto de sobreseimiento libre, siempre que se le hayan irrogado perjuicios. Pero la citada sentencia declara la inconstitucionalidad y nulidad de los incisos "por inexistencia del hecho imputado" y "por esta misma causa". La nueva redacción permite interpretar que la prisión provisional, cuando el proceso penal concluya con un pronunciamiento de absolución, o de sobreseimiento libre, daría lugar a indemnización por los perjuicios irrogados de modo automático y en todos los casos.


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