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Resumen de La legitimación ad causam y su apreciación por los tribunales. Solo su resolución mediante sentencia garantiza el posible acceso al Tribunal Supremo

Carmen Temprano Vázquez

  • Tras la entrada en vigor de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, nuestra legislación distinguió con nitidez las denominadas tradicionalmente por la doctrina y jurisprudencia legitimación ad causam y legitimación ad procesum, identificando esta última con la capacidad procesal, entendida como un presupuesto procesal cuya apreciación impide la válida prosecución del proceso.


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