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Resumen de Delitos societarios

Patricia Ortiz Seijas

  • Enunciado El día 1 de febrero de 1999, dos amigos, don Eduardo Pérez Pérez y don Mario Rodríguez Rodríguez, adquirieron por mitades indivisas y título de compra a una mercantil una parcela de terreno industrial en el término municipal de Madrid, mediante el otorgamiento de la correspondiente escritura pública, que fue debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad. En la citada finca se construyó una nave adosada así como un almacén.

    El día 1 de marzo de 1999, don Eduardo Pérez Pérez y don Mario Rodríguez Rodríguez constituyeron la sociedad BOLA, S.L., mediante otorgamiento de la correspondiente escritura pública, con un capital social de 60.000 euros, representado por 60 participaciones, con un valor nominal de 1.000 euros cada una, suscribiendo en dicho acto el 50 por ciento de las participaciones cada uno de los socios. El domicilio social se fijó en la citada nave industrial.

    Resultan destacables, a los efectos oportunos, dos circunstancias:

    1. La finca aportada constituía el único activo con valor patrimonial y estaba destinada a dotar a la sociedad de una estructura física donde desarrollar su actividad negocial.

    2. El objeto social de BOLA, S.L., conforme al artículo 3.º de sus Estatutos, consiste en el desarrollo de «representaciones, comisiones y agencias comerciales, compraventa, importación y exportación de productos relacionados con la Automoción, la Industria y el Comercio y comercialización de los mismos, el asesoramiento Técnico en comercio exterior y tramitación de toda clase de documentos con los Organismos Oficiales y Estatales»; y su actividad negocial real era la de taller mecánico para automoción. En su consecuencia, la compraventa de bienes inmuebles no estaba comprendida en el objeto social de BOLA, S.L. y menos aún si éstos constituían su patrimonio y estaban afectos al desarrollo empresarial.

    A raíz de la amistad y confianza que unía a los citados dos señores, en Junta General Universal de Accionistas celebrada el día 1 de febrero de 1999, con ocasión de la constitución de la sociedad, se acordó por unanimidad nombrar Administrador Único de BOLA, S.L., por plazo de cinco años, a don Eduardo Pérez Pérez, confiriéndole todas las facultades legal y estatutariamente previstas.


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