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Resumen de Dominios en Internet. Protección jurídica

Rubén Pérez Baile

  • • Enunciado:

    Don Rubén, doña Isabel y doña Susana constituyeron en documento público una sociedad anónima con el fin de explotar un centro de ocio. Se decidió que doña Susana realizaría los trámites jurídicos necesarios para la constitución de la sociedad anónima, denominada RUISU, S.A., conforme a derecho. Y, además, se acordó solicitar ante los organismos pertinentes el dominio www.ruisu.es. Los propietarios quieren que, además de servir como dirección electrónica, tenga funciones distintivas de sus productos en la web (por ejemplo, en la home page) y también fuera de Internet (anuncios publicitarios, documentos de empresa e incluso sobre productos).

    Para ello deciden acudir a un despacho de abogados al objeto de que les asesore sobre la legislación relativa a productos/servicios distintivos y cómo podría protegerse el dominio www.ruisu.es.

    • Cuestiones planteadas:

    1. ¿Tiene el nombre de dominio la misma protección que un signo distintivo? Y, si no es así, ¿cómo debería procederse para proteger el dominio con garantías jurídicas? 2. ¿Debe la mercantil RUISU, S.A. inscribir el dominio www.ruisu.es en algún registro oficial?


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