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Resumen de Arrendamiento de obra

Rubén Pérez Baile

  • • Enunciado:

    La sociedad anónima «X» contrata con la sociedad limitada «Construye rápido» la ejecución de la remodelación de sus oficinas de cuatro plantas. Ambas mercantiles acuerdan redactar un contrato, por el cual habrán de regirse las obras y el cumplimiento de las mismas.

    Entre los términos acordados en el contrato, cabe destacar:

    a) La fijación de un precio total de la obra en 150.000 euros, no susceptible de revisión por alteración de los precios de materiales, mano de obra, imprevistos que puedan aparecer, etc.

    b) Asimismo, se incluye la posibilidad de introducir modificaciones en el proyecto inicial que produzcan aumento, reducción o supresión de unidades de obra.

    Comenzadas las obras, la mercantil «X» le solicita a la mercantil «Construye rápido» una serie de obras adicionales y que previamente no habían sido contratadas. Por otro lado, la huelga del único posible suministrador de ladrillos «únicos» ha encarecido considerablemente dicho material. Una vez comunicado a la mercantil «X» el encarecimiento del material, la misma accede a su compra, debido a la necesidad de disponer de la oficinas en el menor tiempo posible.

    Una vez terminada la obra, la mercantil «Construye rápido» pretende cobrar el total de la obra, estipulada en 150.000 euros, más la cantidad de 30.000 euros, debido a las obras adicionales y el encarecimiento del material. Sin embargo, la mercantil «X» alega que se encargó la mencionada obra con un precio cerrado, que no consta por escrito el que se hayan acordado obras adicionales, ni la compra de un material más caro y que por lo tanto no lleva intención de pagarle más de los 150.000 euros acordados.

    • Cuestiones planteadas:

    1.ª ¿Existe la posibilidad contractual de aumentar la obra inicialmente proyectada y con ella la de incrementar el precio fijado? 2.ª ¿Qué ocurre con la diferencia de precios de los ladrillos, que se han visto notablemente encarecidos, debido a la huelga? 3.ª Diferencia entre arrendamiento de obras y arrendamiento de servicios.


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