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Marcas. Representación ante las oficinas públicas: OEPM y OAMI

  • Autores: Rubén Pérez Baile
  • Localización: CEFLegal: Revista práctica de derecho. Comentarios y casos prácticos, ISSN-e 2697-2239, ISSN 2697-1631, Nº. 19-20, 2002
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • • Enunciado:

      La empresa Isabel, S.A., y la empresa Gloria, S.A., acuden al despacho profesional de don Rubén Pérez, con las siguientes cuestiones: la primera, Isabel, S.A., nos propone que le solicitemos e inscribamos la marca «Isabelsa» en la OEPM. La segunda, nos propone que le solicitemos e inscribamos la marca «Gloriasa» en la OAMI, es decir, nos solicita la marca comunitaria.

      • Cuestión planteada:

      1. El Abogado se pregunta si tiene capacidad jurídica para representar a ambas empresas, Isabel, S.A., y Gloria, S.A., ante los Organismos Oficiales, y realizar todo el trámite jurídico necesario. Y, si la respuesta es afirmativa en qué regulación jurídica se basa.


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