Imágenes de menores: la publicación en las redes sociales de imágenes de los hijos menores de edad requiere siempre el consentimiento de ambos progenitores, salvo en los casos de privación o suspensión de la patria potestad: Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona. Sección 12ª, 539/2018, de 15.5.18