El autor analiza las especialidades en la ejecución penal en el caso de los delitos cometidos en el seno de «organizaciones criminales». Se concretan en la imposibilidad de excepcionar el denominado «período de seguridad» para la clasificación penitenciaria en el tercer grado, en la exigencia de cumplir unos tiempos mayores de condena, aunque esté supeditada a los límites concursales y, en la imposibilidad de anticipar la suspensión de la condena para el disfrute de la libertad condicional.
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