El presente artículo amparándose en el marco de la legislación española sobre el delito contable, define adecuadamente su autoría, centrándose en la responsabilidad de asesores fiscales, abogados y contables. El artículo se divide en un análisis de las características y elemento objetivo, para profundizar después en la autoría, tanto mediata e Inmediata, como con y sin representante.
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