Desde instancias europeas se aboga por facultar al juez para examinar de oficio la naturaleza abusiva de las cláusulas incorporadas en los contratos celebrados entre empresarios o comerciantes y consumidores. Línea jurisprudencial que ha sido incorporada en España, mejorando así la tutela y protección de los derechos e intereses de los consumidores. No obstante, países como Uruguay no contemplan esta posibilidad, impidiendo al juez realizar un control de contenido cuando no haya sido solicitado por las partes. En el presente artículo analizamos las diferentes regulaciones de las cláusulas abusivas en los ordenamientos español y uruguayo, para establecer si la interpretación europea resultaría viable en el régimen extranjero.
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