El conflicto, entendido como fenómenos esencial para generar grandes procesos de cambio personal y social, permite el logro de sus objetivos a través de los mecanismos alternos de justicia los cuales se justifican en virtud de la promoción a la convivencia pacífica, el acceso eficaz a la justicia, la satisfacción entre las partes, la solución integral a los problemas, la educación y la descongestión del aparato judicial del Estado. El conflicto ambiental, entendido como una situación o proceso en el cual un mínimo de dos partes pugnan, en el mismo espacio y tiempo para obtener el acceso o uso de un mismo recurso o por mantener su calidad. Estos conflictos admiten diversas salidas que van desde la negociación informal hasta la mediación legalmente establecida. En Colombia la aplicación de éstos mecanismos a sido precaria, imponiéndose mecanismos judiciales como la acción de tutela y la acción popular.
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