Tres recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 14 de septiembre de 2016, han llamado la atención sobre la utilización abusiva del empleo temporal en las Administraciones Públicas españolas. El presente artículo parte de un análisis de los objetivos de la Directiva 1999/70/CE, relativa al Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, para a continuación examinar cada uno de estos pronunciamientos y su impacto en el ordenamiento jurídico español en dos esferas dentro del sector público: el nombramiento temporal en funcionarios interinos y personal estatutario en régimen administrativo, y la contratación de personal laboral. La proyección de esta última sobre el ámbito laboral privado es merecedora de una particular atención ante la repercusión que ha tenido el fallo del Tribunal de Justicia. Las primeras reacciones revelan una interpretación demasiado apegada al Derecho nacional ignorando la dimensión europea de la normativa aplicable.
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