Este documento comenta una sentencia que se pronunciarespecto de los derechos de los consumidores frente a los sistemasde seguridad con que cuentan los establecimientos comerciales.Las temáticas que se abordan se refieren a la dignidad de losconsumidores, la posibilidad de configurarse una infracción de laLey de Protección de los Derechos de los Consumidores, la tutelade los datos personales, así como la posibilidad de sancionar dosveces una misma conducta. Al respecto, se postula la procedenciade la sanción, señalándose además, que hoy en día no se exigela celebración de un contrato de consumo, para que la Ley deProtección de los Derechos de los Consumidores, sea procedente.
This paper comments a verdict that refers to the rightsof consumers in relation to the security systems that commercial establishmentshave. The issues it covers are the dignity of consumers;the possibility of liability arising from the Consumer Protection Act,after the obligations emanating from the business to consumer contracthave been fulfilled; the personal data protection; and the possibilityof punishing twice the same conduct. It is defended that thesanction is appropriate, without the need to conclude a consumercontract to be applicable the Consumer Protection Act.
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