La mayoría de las legislaciones urbanísticas españolas considera los Proyectos de Interés Regional (PIR) como instrumentos de ordenación territorial, a caballo entre ésta y la ordenación urbanística encomendada a los planes generales, de competencia municipal. Amparándose en este carácter transfronterizo, la Administración regional extremeña ha utilizado los PIR como instrumento urbanístico para la promoción de su política pública de vivienda, a contrapelo de las competencias municipales en materia de planeamiento urbanístico y con intervenciones sin anestesia sobre el suelo no urbanizable.
Most Spanish legislation considers urban Projects of Regional Interest as instruments of territorial management, halfway between it and the urban planning entrusted to the general plans of municipal jurisdiction. Relying on this cross-border character, the Government of Extremadura has used the PIR as planning instrument for the promotion of its public housing policy, against the municipal responsibility for urban planning and doing insensitive interventions on undeveloped land.
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