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Contratos hipotecarios: examen de la cláusula suelo con vistas a declarar su falta de validez: TJ Sala Primera, S 14 abril 2016

  • Autores: E. Levits
  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 37, 2016 (Ejemplar dedicado a: Contratos conexos y protección jurisdiccional del consumidor europeo), 3 págs.
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El art. 7 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, s o b r e l a s c l á u s u l a s a b u s i v a s e n l o s c o n t r a t o s c e l e b r a d o s c o n consumidores, debe interpretarse en el sentido de que se opone a u n a normativa nacional, como la de los litigios principales, que obliga al juez que conoce de una acción individual de un consumidor, dirigida a que se declare el carácter abusivo de una cláusula de un contrato que le une a un profesional, a suspender automáticamente la tramitación de esa acción en espera de que exista sentencia firme en relación con una acción colectiva q u e s e e n c u e n t r a p e n d i e n t e, e j e r c i t a d a p o r u n a a s o c i a c i ó n d e consumidores de conformidad con el apartado segundo del citado artículo con el fin de que cese el uso, en contratos del mismo tipo, de cláusulas análogas a aquella contra la que se dirige dicha acción individual, sin que pueda tomarse en consideración si es pertinente esa suspensión desde la perspectiva de la protección del consumidor que presentó una demanda judicial individual ante el juez y sin que ese consumidor pueda decidir desvincularse de la acción colectiva


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