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Resumen de Derecho internacional y justicia de género

Vanessa Casado Caballero

  • El Estatuto del Tribunal Penal Internacional adoptó por primera vez en la historia de los documentos constitutivos de un órgano internacional con capacidad jurisdiccional, una controvertida definición del término género que a pesar de ser histórica, dejó poco satisfechas a gran parte de las organizaciones feministas que consideraron que suponía un retroceso al menos en cierta medida, al concederse en la misma demasiado protagonismo a la relación entre género y sexo. Sin embargo la contribución más importante que el Estatuto de Roma realiza a la justicia de género se debe, entre otra cuestiones, a la incorporación del criterio de representación equilibrada entre mujeres y hombres en la propia estructura de la Corte como elemento fundamental para garantizar una composición lo más justa posible de la misma y sobe todo, a la criminalización internacional de la violencia sexual y en base al género, en los crímenes de genocidio, de guerra y de lesa humanidad. Estas cuestiones son sin embargo, el fruto de la evolución en la materia experimentada sobre especialmente a raíz de los Tribunales Penales Internacionales para la Ex- Yugoslavia y Ruanda, cuya infuencia se trata de analizar respecto del crimen de genocidio en este artículo.


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