El presente trabajo trata de ilustrar acerca del fenómeno que se viene reiterando en la práctica de nuestros tribunales civiles en los últimos tiempos, consistente en la compra masiva de créditos litigiosos por parte de fondos de inversión en su mayor parte extranjeros, que los adquieren en gran número mediante un solo negocio jurídico ante notario, por un precio único, y al margen de los deudores que ignoran por completo la existencia de la cesión a favor del fondo adquirente.
Igualmente este artículo se centra en sintetizar las respuestas diversas que ante ello han hecho patente nuestros tribunales, analizando sus argumentos jurídicos y las razones por las cuales pudiera hablarse, no de una cesión de créditos litigiosos, sino de una cesión de contrato como figura jurídica diferenciada.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados