Este artículo realiza un análisis del art. 326 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, así como de la inadecuada interpretación que del mismo se hace por Juzgados y Letrados, al utilizar este trámite para llevar a cabo una valoración de la veracidad intrínseca del contenido del documento privado que debería reservarse al trámite de conclusiones. Se analiza, asimismo, el valor probatorio de los documentos privados cuando los mismos no son impugnados y su alcance.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados