El presente trabajo analiza la sentencia dictada por Sala Tercera del Tribunal Supremo respecto a la sucesión por cesión de un título nobiliario. Nuestro Alto Tribunal resuelve sobre dos importantes cuestiones: la aplicación retroactiva de la Ley 33/2006 sobre igualdad del hombre y la mujer en el orden de sucesión de los títulos nobiliarios, y la necesidad de cumplir expresamente con los requisitos necesarios para que se produzca una sucesión por cesión de una dignidad nobiliaria. Como señala La Ley 33/2006, nada permite considerar arbitrario o carente de justificación el propósito del legislador de proyectar esta plena igualdad «también sobre las funciones meramente representativas y simbólicas, cuando éstas son reconocidas y amparadas por las leyes» y de extender dicha proyección con carácter retroactivo, sin infringir los límites impuestos por la CE, a las situaciones que estima no consolidadas.
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