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Resumen de La desnaturalización de la CCNCC en la inaplicación de convenios: balance de una (negativa) experiencia

Cristóbal Molina Navarrete

  • Para facilitar al empresario la mejora de su posición competitiva en situaciones de crisis y/o cambio del mercado en que concurre, el artículo 82.3 ET introdujo un sistema de solución, subsidiario y de último grado, de las discrepancias en materia de inaplicación de convenios basado en un arbitraje público obligatorio, a cargo de la CCNCC. Este sistema está provocando múltiples problemas jurídicos y también de eficacia práctica. La Audiencia Nacional ha salvado la constitucionalidad de esta medida favorable a la liberación de las deudas del empresario fijadas en un convenio colectivo, con lo que anticipaba el aval que acaba de darle la STCO de 16 de julio de 2014. En cambio, el Comité de Libertad Sindical de la OIT ha considerado que tal sistema es contrario a los Convenios n. 87 y 98. En este estudio, el autor hace un análisis detenido de las razones que avalarían un juicio de invalidez constitucional, nacional, comunitaria e internacional de ese sistema. Pero también, selecciona una serie de casos en los que se pone de manifiesto que, además, ese sistema es altamente ineficaz, por dilatorio, no resolutorio y susceptible de prestarse a usos fraudulentos, como está sucediendo en la práctica


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