Con el presente artículo el autor analiza la reciente STS, Sala de lo Penal, de 24 de julio de 2014 que revoca el auto 25/2014, dictado por el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el pasado 13 de mayo de 2014, y por el que se entiende competente a los tribunales españoles para conocer del delito de tráfico de drogas en el supuesto analizado en dichas resoluciones. Se aplaude el criterio del alto Tribunal, coincidente en lo esencial con lo expresado por el autor en artículos anteriores, ello sin perjuicio de puntuales discrepancias interpretativas que se ponen de manifiesto.
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