En esta pionera resolución, la Audiencia Nacional sigue el criterio doctrinal de distinguir entre personas jurídicas imputables e inimputables. Y lo hace a los efectos de considerar qué personas jurídicas van a gozar de los derechos y garantías del imputado precisamente por ser imputables. Al tratarse de una de las primeras resoluciones judiciales sobre este planteamiento, se puede aventurar que desplegará importantes consecuencias, tanto teóricas como prácticas, en la evolución de la jurisprudencia española a este respecto.
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