María de los Reyes Martínez Barroso
En las páginas que siguen se analiza la repercusión que tiene en el ordenamiento español la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha considerado que la Directiva sobre igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social se opone a la normativa española que exigía a los trabajadores a tiempo parcial --en su inmensa mayoría mujeres--, en comparación con los trabajadores a tiempo completo, un período de cotización proporcionalmente mayor para acceder a una pensión de jubilación contributiva, cuya cuantía ya ha sido reducida proporcionalmente a la parcialidad de su jornada. Del mismo modo se refleja la doctrina constitucional contenida en la STC 61/2013, de 14 de marzo.
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