El autor analiza, con el detalle que exige el rigor jurídico, el controvertido tema de la dación en pago. Concluye que clamar por la dación en pago, como consecuencia de un acto legislativo, es un imposible jurídico, pues está claramente prohibido el que se pueda pagar con algo distinto de lo comprometido «aliud pro alio».
Ofrece, sin embargo, dos alternativas concretas y viables, dotadas de una mayor seguridad jurídica: la hipoteca limitada y la subrogación.
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