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Resumen de Japón: primeros pasos hacia la reforma de la Constitución

Josep Maria Castellà Andreu

  • español

    Tras más de sesenta años desde la promulgación de la Constitución japonesa sin haberse producido ninguna reforma constitucional, el Gobierno Abe planteó a la Dieta en 2007 la aprobación de la Ley del referéndum. Se trataba de un paso previo necesario para la discusión de una reforma constitucional, que el Gobierno deseaba impulsar. Según el procedimiento de reforma de la Constitución (art. 96) se requiere para su aprobación la mayoría de dos tercios de las dos cámaras del Parlamento y la ratificación popular en referéndum, lo que implica un amplio acuerdo político con la oposición. El problema para alcanzar dicho consenso se centra en la reforma del art. 9 que establece la cláusula de renuncia a la guerra y de pacifismo. Estamos ante uno de los contenidos básicos que identifican la Constitución de 1946. Hasta ahora, a pesar de los varios intentos de reforma que ha habido desde su entrada en vigor, ha prevalecido la opción por una interpretación flexible del art. 9 que ha conllevado el fortalecimiento creciente de las Fuerzas de Autodefensa y su participación en misiones internacionales. La reforma pretende adecuar el texto constitucional a dicha realidad más pragmática.

  • English

    More than sixty years after the promulgation of the Japanese Constitution and without any constitutional amendment, in 2007 Abe�s Cabinet raised the approval of the Referendum Act with the Diet. It meant the first step for the discussion of the Constitutional reform, which the Cabinet wanted to promote. According to the Amendment procedure, it is needed the approval of two thirds of the MP of both Houses of the Diet and people�s ratification in a National Referendum. This requires a broad political agreement with opposition parties. The problem to achieve this agreement is mainly focused on Section 9 containing renunciation war and pacifism clause. These principles have become some of the basic contents of the 1946 Constitution. Until now, a flexible interpretation of Section 9 has prevailed, which means the growing strength of Self Defence Forces and their participation in international missions. The reform expected to adapt the constitutional clause to such pragmatic reality.


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