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Sucesión de empresas: no se produce por la adjudicación del inmueble hipotecado a la entidad de crédito

  • Autores: Manuel Iglesias Cabero
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 7993, 2013
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El Juzgado de lo Social dictó sentencia desestimando la demanda en la que pretendían las actoras la resolución de sus contratos de trabajo por incumplimientos empresariales pero, calificando la conducta de las empresas demandadas como despido nulo, condenó a un banco a la readmisión de las demandantes. La Sala de lo Social desestimó el recurso de suplicación interpuesto por la entidad financiera y confirmó el fallo de instancia. El TS estimó el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el banco demandado y le absolvió de la parte del fallo recurrido que le condenaba a la readmisión de las actoras, y al tiempo condenó a las empresas del grupo, como responsables solidarias, a la readmisión de las demandantes.


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