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Accidente en el edificio: ¿cuándo debe responder la Comunidad de los daños?

  • Autores: Martín Jesús Urrea Salazar, Íñigo Fernández Gallardo
  • Localización: Inmueble: Revista del sector inmobiliario, ISSN 2335-5573, Nº. 125, 2012, págs. 56-59
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Lesiones sufridas por una propietaria que se cae tras resbalar en el portal, la caída de un visitante del edificio en la rampa de acceso o la de una persona provocada por la falta de iluminación de la urbanización; estas situaciones ocurren más a menudo de lo que imaginamos y en todas ellas planea siempre la misma cuestión: ¿Debe ser condenada la Comunidad a indemnizar al perjudicado?


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