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Resumen de La modalidad procesal de despidos colectivos

Fernando Lousada Arochena, Ricardo Pedro Ron-Latas

  • El Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, ha eliminado la necesidad de autorización administrativa para el despido colectivo, lo cual ha llevado, en consecuencia, a regular una modalidad procesal especial de impugnación del despido colectivo directamente acordado por el empresario. Tal modalidad procesal especial se regula en un nuevo art. 124 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, distinguiendo entre una impugnación de carácter colectivo y una impugnación de carácter individual. Analizaremos en nuestro estudio esa novedosa modalidad procesal especial, avanzando soluciones para losm problemas aplicativos que se pueden presentar en la práctica de los Tribunales.


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