La LO 5/2010, de 22 de junio, incorpora al Código Penal una nueva circunstancia de atenuación de la responsabilidad penal (nuevo art. 21.6. º), con la que parece ponerse fin a la discutible construcción jurisprudencial de aplicar analógicamente una atenuación en la pena a imponer en supuestos en que el procedimiento penal se ha dilatado en el tiempo sin que el imputado hubiera desplegado una actuación a la que pudiera atribuirse el retraso. En este trabajo se analiza el contenido y virtualidad de esta nueva atenuante, desde la perspectiva del derecho fundamental a un proceso sin dilaciones indebidas. Palabras clave: Atenuantes. Dilaciones indebidas. Reforma penal.
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