Este trabajo pretende exponer el contenido de la reforma propuesta en cuanto a los acuerdos de refinanciación. En la regulación actual, cuando estos acuerdos cumplen una serie de requisitos escapan a la posibilidad de rescisión del art. 71 LC. Con la reforma se quiere que, además, mientras se están negociando se impida la declaración de concurso, y que el metálico aportado se pueda recuperar como crédito contra la masa en casos de concurso posterior.
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