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Resumen de La unificación de normas de conflicto de leyes en materia de crisis matrimoniales: el nuevo Reglamento (UE) Nº 1259/2010

María del Mar Velázquez Sánchez

  • Las libertades de circulación y establecimiento han propiciado el incremento de los matrimonios internacionales y, consecuentemente, de los divorcios internacionales en la Unión Europea, por lo que resulta necesario adoptar normas de conflicto de leyes uniformes en materia de crisis matrimoniales en el ámbito de la Unión, puesto que ello contribuirá al progresivo establecimiento de un espacio de libertad, seguridad y justicia. La Comisión Europea presentó, el 17 de julio de 2006, una �Propuesta de Reglamento� cuyo contenido daba lugar a no pocas reticencias por parte de los Estados miembros, por lo que no se consiguió la aprobación unánime que requiere un Reglamento UE; debido a la falta de acuerdo, ocho Estado miembros (entre ellos España) iniciaron un �procedimiento de cooperación reforzada� para que la Comisión presentase una nueva Propuesta que, finalmente, ha dado lugar a la adopción del Reglamento (UE) nº 1259/2010 del Consejo, de 20 de diciembre de 2010 por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial; no obstante, la aplicación de este nuevo texto normativo no está exenta de problemas.


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