Las características básicas del sistema urbanístico británico siguen respondiendo al modelo desarrollado a partir de la fundamental Town and Country Planning Act de 1947. Este modelo, de hecho, socializaba no el suelo pero si derecho a urbanizar, sentando así las bases para la flexibilidad del sistema, única en Europa, ademas deinstituir los medios para la puesta en práctica del programa de construcción de las nuevas ciudades. Este sistema, que ha alcanzado un grado notable de institucionalización y de reconocimiento público, ha permitido preservar de la urbanización importantes extensiones de suelos agrícolas y áreas naturales; también supone, hoy en dia, que una gran parte del crecimiento se dirija a la reutilización de espacios que ya han sufrido algún tipo de urbanización, frente a localizaciones nuevas. En su conjunto, el sistema británico puede evaluarse positivamente en lo referente a la gestión del suelo y a la preservación ambiental. Sin embargo, algunas críticas recientes han señalado su poca permeabilidad frente a nuevas tendencias, en la escena internacional, relacionadas con la recuperación de la morfologia urbana y la idea del espacio público tradicional.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados