Este artículo analiza la, ya reiterada, declaración de validez de las cláusulas de vencimiento anticipado ante un solo impago por parte del Tribunal Supremo, que ha tenido su última manifestación en la sentencia de 16 de diciembre de 2009. Ese análisis parte de una singular perspectiva: rastreando nuestro Derecho para detectar aquellos casos en los que, incluso sin necesidad de pacto que así lo autorice, un acreedor puede suspender o resolver un contrato por temor al incumplimiento.
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