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La mediación a través de sus principios: reflexiones a la luz del anteproyecto de ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles

  • Autores: Leticia García Villaluenga
  • Localización: Revista general de legislación y jurisprudencia, ISSN 0210-8518, Nº 4, 2010, págs. 717-756
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La mediación es una materia emergente, actual y de honda trascendencia social y jurídica, y su desarrollo, al igual que el del resto de las denominadas ADR (Alternative Dispute Resolution), responde a la necesidad de mejorar el acceso a la justicia como apuesta política de la Unión europea. No obstante, la mediación se perfila también como instrumento de paz social que conlleva una mayor participación cívica, respondiendo, así, a un concepto amplio de hacer justicia desde y para sus protagonistas. Hablar de mediación es referirse necesariamente a los principios que la configuran y que son aceptados, casi unánimemente, por las leyes de mediación de distintos países y por los Instrumentos internacionales dictados en la materia. Así, la voluntariedad, la imparcialidad, la neutralidad, la confidencialidad y la profesionalidad del mediador, junto a la buena fe, la flexibilidad del proceso y el carácter personalísimo del mismo, se pueden considerar como los ejes en torno a los cuales se configura y ha de desarrollarse la mediación. A ellos tendrá que dar respuesta la futura Ley española de mediación en asuntos civiles y mercantiles, cuyo Anteproyecto se presentó al Consejo de Ministros el 19 de febrero de 2010, a fin de incorporar al Derecho español La Directiva 2008/52 CE.


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